Las formas jurídicas de una empresa
Toda empresa debe adoptar una forma jurídica. En primer lugar, hay que decidir si la empresa será un empresario individual (persona física) o una sociedad (persona jurídica).
👤 Empresario individual
Es una persona física que realiza en nombre propio una actividad empresarial. Solo puede existir un titular, nunca varios socios. Es la forma más simple de constituir una empresa y se recomienda para empresas pequeñas. No existe capital mínimo para su creación. El nombre de la empresa (razón social) coincide con el nombre y apellidos del titular. La responsabilidad es ilimitada, es decir, responde con todo su patrimonio personal ante las deudas. Tributa a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), impuesto progresivo por tramos.
🏢 Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL o SL)
Es una sociedad mercantil de carácter capitalista, especialmente adecuada para PYMES. El número mínimo de socios es uno. El capital mínimo es de 1€, dividido en participaciones que no se pueden transmitir libremente. La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado, por lo que no responden con su patrimonio personal. Tributa mediante el Impuesto sobre Sociedades (IS), cuyo tipo general es del 25%.
🏦 Sociedad Anónima (SA)
Es una sociedad mercantil de carácter capitalista, propia de grandes empresas. El número mínimo de socios es uno. El capital mínimo es de 60.000€, dividido en acciones que pueden transmitirse libremente. La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado. Tributa mediante el Impuesto sobre Sociedades (IS), con un tipo general del 25%.
👷 Sociedad Laboral (SLab o SAL)
Es una sociedad mercantil en la que la mayoría del capital pertenece a los trabajadores que prestan servicios en ella de forma personal y directa. Puede ser Sociedad Limitada Laboral (SLL) o Sociedad Anónima Laboral (SAL). El número mínimo de socios suele ser tres. Ningún socio puede poseer más de un tercio del capital social. La responsabilidad está limitada al capital aportado. Tributa por el Impuesto sobre Sociedades.
🤝 Sociedad Cooperativa
Es una sociedad formada por personas que se asocian para realizar una actividad empresarial con funcionamiento democrático. El número mínimo de socios suele ser tres (puede variar según la normativa autonómica). Todos los socios participan en la gestión y decisiones bajo el principio de “un socio, un voto”. El capital es variable y se aporta mediante participaciones. La responsabilidad suele estar limitada al capital aportado. Tributa a través del Impuesto sobre Sociedades, aunque puede tener beneficios fiscales.